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La imposición de la Presa El Zapotillo – impulsada por el Gobierno Federal, la Comisión Nacional del Agua (CONAGUA) y los gobiernos de los estados de Jalisco y Guanajuato – que se construye bajo la justificación de abastecer de agua potable a la ciudad de León en Guanajuato, a la Zona Metropolitana de Guadalajara y la región de los Altos en el estado de Jalisco, continua avanzando y no se ha detenido pese a la Sentencia 93/2012 emitida por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), que obliga a las autoridades y a las constructoras a no rebasar la altura de la cortina más allá de 80 metros, altura definida en 2006, en el PROYECTO ORIGINAL.
A más de un mes de que el Gobierno Federal, la Comisión Nacional del Agua (CONAGUA) y el Gobierno del Estado de Jalisco, hicieran público a través de un comunicado de presa, la decisión de construir la Presa el Zapotillo a 105 metros de altura, argumentando su determinación en aspectos “técnicos” y de “seguridad” y con ello la“inviabilidad para preservar Temacapulín aún con una cortina de 80 metros”. Las comunidades afectadas por el Proyecto El Zapotillo estamos siendo testigas de las siguientes violaciones a nuestros derechos humanos:
a) La CONAGUA a través de José Elías Chedid Abraham, Director General del Organismo de Cuenca Lerma Santiago Pacífico (OCLSP), retuvo y ocultó por casi 6 meses el Dictamen realizado por el Comité Técnico de Operación de Obras Hidráulicas (CTOOH) de la CONAGUA, estudio que sustenta la decisión para elevar la cortina del proyecto a 105 metros de altura y con ello desaparecer una región milenaria, sus comunidades y su cultura[1]. Esta acción reprobable de la CONAGUA permitió que el proyecto continuara avanzando, que se engañara a las comunidades de Temacapulín, Acasico y Palmarejo quienes en las mismas fechas se encontraban en mesas de diálogo con el Gobierno de Jalisco, y que se posibilitara el incumplimiento de la Sentencia de la (SCJN).
b) Por otra parte, a través de la revisión y análisis realizado al Dictamen por más de 50 reconocidos especialistas[2] encontraron que desde el punto de vista técnico, el Dictamen es superficial y carece de sustento técnico; que no incluyó la seguridad de las personas de Temacapulín, argumento principal utilizado en los comunicados oficiales del Gobierno de Jalisco para descartar la presa a 80 metros, y que no se consideró dentro de las alternativas analizadas la que contempla una cortina a 60 metros de altura, alternativa que presentaron las comunidades afectadas el 1 de octubre de 2013, durante la mesa de trabajo técnica sostenida con el Gobierno de Jalisco para buscar alternativas a la presa El Zapotillo.
c) Con la decisión de la CONAGUA y del Gobierno de Jalisco, de no dar cumplimiento a la sentencia de la controversia constitucional 93/2012, se afectan los derechos individuales y colectivos de Temacapulín, Acasico y Palmarejo, inundando más de 4,500 hectáreas de tierras fértiles, el patrimonio cultural, ambiental y familiar de cerca de 45,000 personas, que de manera directa o indirecta verán afectados sus derechos territoriales, su derecho a la vivienda y a no ser desplazados, su soberanía alimentaria, su producción agrícola y su acceso al agua, entre otros, sin que las autoridades hasta el momento hayan informado y consultado debidamente y se haya dado la oportunidad de presentar y analizar alternativas viables y sustentables que no vulneren los derechos
d) Denunciamos la estrategia de presión y hostigamiento que está enfrentando la comunidad de Temacapulín, por parte del Gobierno del Estado de Jalisco a través de la Procuradora Social, Felícitas Velázquez Serrano y la CONAGUA, ya que en varias ocasiones la Procuradora y otros funcionarios han intentado entrar a la comunidad de manera forzada para hablar individualmente con los integrantes del Comité Salvemos Temacapulín Acasico y Palmarejo. En todo momento la comunidad ha expresado su repudio ante este tipo ofrecimientos. Temacapulín rechaza al observatorio interinstitucional y pide se abstengan de hostigar a la comunidad e intentar presionarla con dadivas para que acepte su reubicación. Exigimos reinstalen los servicios de salud y al médico de La comunidad.
e) Afirmamos que la Presa El Zapotillo, que se construye en Jalisco, es para darle agua al Estado de Guanajuato, según lo declaró el Presidente de la República en la presentación del Programa Nacional de Infraestructura. Rechazamos los falsos argumentos de las autoridades estatales que sostenienen que el agua del Zapotillo será para Jalisco, así como los falsos argumentos de la crisis y escases del agua en Guadalajara que pretenden confrontar a la ciudadanía de con las comunidades.
Por todo lo anterior exigimos:
Finalmente, informamos que hemos presentando amparos colectivos por interés legítimo ante los Juzgados de Distrito en Materia Administrativa y del Trabajo en el Estado de Jalisco, denunciando el incumplimiento de la sentencia de la Corte y la violación a nuestros derechos como pueblos.
Agradecemos la solidaridad nacional e internacional recibida para lograr que se respeten nuestros derechos y evitar el desalojo forzoso que las autoridades están preparando en nuestra contra.
¡¡TEMACA NO SE RINDE, TEMACA NO SE VENDE, TEMACA NO SE EXPROPIA!!
¡¡Ríos para la vida, no para la muerte!!
Para mayor información comunicarse con:
Quetzalcoatl g. Fontanot
Tels. 5546 8217, ext. 110; 5546 6559 (directo); 55 8531 2218 (celular)
IMDEC: Móvil 3311356138 – 331764941
Colectivo de Abogad@s: Móvil 3310630924
[1] Dictamen del Comité Técnico de Operación de Obras Hidráulicas (CTOOH) de la CONAGUA: http://issuu.com/el_informador/docs/documento_conagua_jalisco/9?e=1258677/7448254
[2] Revisión al Dictamen del CTOOH de la CONAGUA: http://www.imdec.net/revision-del-dictamen-del-comite-tecnico-de-operacion-de-obras-hidraulicas-ctooh-de-la-comision-nacional-del-agua-conagua/
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